Notas · Internados

En admisiones, la IA puede contestar, reunir y organizar. Cuando puntúa a una familia, la ley europea la trata como de alto riesgo, y la suiza ya pide explicaciones.

Qué sistemas de admisión considera de alto riesgo el reglamento europeo, por qué puntuar ya cuenta como decidir, qué exige hoy la ley suiza ante una negativa automática y qué debería decir la página de admisiones.

Daniel Esteban Feo7 min de lectura

Imagine la escena: noviembre, oficina de admisiones de un internado del cantón de Vaud. Llegan cientos de solicitudes para el curso siguiente, de una docena de países. Una empresa de software enseña una demostración: cada expediente aparece con una puntuación de encaje de 0 a 100 y un color. Verde, amarillo, rojo. El equipo, cansado, siente alivio. Nadie en la sala pregunta qué ha mirado la máquina para poner ese número, ni qué dirá el colegio a la familia que quiera saber por qué su candidatura se quedó en amarillo.

En admisiones, la IA puede hacer mucho trabajo útil. Hay una parte, sin embargo, en la que deja de ser una herramienta de oficina y pasa a ser, para la ley europea, un sistema de alto riesgo. La línea no la marca la tecnología. La marca lo que la herramienta hace con la persona.

Lo que dice el reglamento europeo.

El Reglamento europeo de inteligencia artificial, el (UE) 2024/1689, clasifica como de alto riesgo en su anexo III los sistemas de IA destinados a decidir el acceso o la admisión a centros educativos de todos los niveles, o a asignar a las personas a esos centros. En la misma lista están los que evalúan los resultados del aprendizaje, los que determinan el nivel educativo adecuado de una persona y los que vigilan y detectan comportamientos prohibidos de los alumnos durante los exámenes. Tras el Ómnibus Digital sobre IA, el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado el 24 de julio de 2026, estas obligaciones se aplican desde el 2 de diciembre de 2027.

A quien usa uno de estos sistemas, el reglamento le pide, entre otras cosas, que la supervisión humana recaiga en personas con la competencia, la formación y la autoridad necesarias, que conserve los registros que genera el sistema durante al menos seis meses y que informe a las personas de que se usa un sistema de alto riesgo para tomar decisiones sobre ellas o para ayudar a tomarlas.

El punto ciego: puntuar ya cuenta.

El reglamento prevé excepciones. Un sistema del anexo III puede no considerarse de alto riesgo si solo realiza una tarea de procedimiento limitada, si mejora el resultado de una actividad humana ya terminada, si detecta patrones sin sustituir la valoración humana o si realiza una tarea preparatoria. Pero añade una frase que lo cambia casi todo: un sistema del anexo III se considera siempre de alto riesgo cuando elabora perfiles de personas físicas.

Una puntuación de encaje, una predicción de éxito académico o un orden de prioridad entre candidaturas evalúan aspectos personales de un niño o de una familia. Si eso es elaborar perfiles en el sentido del reglamento, y yo lo trataría así hasta que una asesoría jurídica diga lo contrario, la herramienta que «solo prepara» la decisión del comité queda dentro de la lista.

Lo que en Suiza ya se aplica hoy.

Suiza todavía no tiene una ley específica de IA. El Consejo Federal encargó en febrero de 2025 un anteproyecto para consulta antes de finales de 2026, centrado en transparencia, protección de datos, no discriminación y supervisión. Pero la ley de protección de datos, vigente desde el 1 de septiembre de 2023, ya tiene un artículo para esto. Según su artículo 21, cuando una decisión se basa exclusivamente en un tratamiento automatizado y tiene consecuencias jurídicas o un efecto negativo considerable para la persona, el responsable debe informarla. Si la persona lo pide, debe poder exponer su punto de vista y solicitar que una persona física revise la decisión.

La ley exceptúa los casos en que la decisión está ligada a un contrato y se concede lo que la persona pidió, y aquellos en que la persona ha consentido expresamente la automatización. Dicho de otro modo: una admisión concedida por una máquina no activa ese deber. Una negativa automática, sí. Y quien pida al colegio acceso a sus datos tiene derecho a saber si se tomó una decisión automatizada y con qué lógica.

Lo que no sé.

No sé si el reglamento europeo alcanza a un internado suizo que decide sobre una familia residente en la UE. Se aplica también a proveedores y responsables del despliegue de fuera de la Unión cuando la información de salida del sistema se utiliza en ella, y cómo encaja eso en una admisión decidida en Suiza es una pregunta para su asesoría jurídica. Tampoco sé qué hace por dentro la herramienta de cada proveedor: eso solo lo dice su documentación, por escrito. No soy abogado, y esta nota no sustituye esa consulta.

Ordenar papeles no es lo mismo que ordenar familias.

Mi posición.

Construyo automatizaciones con IA, y en admisiones las pondría a trabajar sin reparo en lo que hoy se come el tiempo del equipo: contestar a las familias a cualquier hora y en su idioma, reunir y comprobar documentos, recordar plazos, organizar entrevistas y resumir el expediente para quien lo va a leer entero. No las pondría a puntuar, ordenar ni recomendar un sí o un no. No por miedo a la norma, sino porque una familia que paga lo que cuesta un internado suizo espera que alguien con nombre haya leído la solicitud de su hijo o de su hija. La IA puede preparar la decisión. Firmarla es trabajo de una persona.

Lo que yo revisaría.

  • Cada herramienta del proceso. Formulario, CRM, asistente, plataforma de pruebas: si alguna produce una puntuación, una predicción o un orden.
  • Las pruebas de nivel en línea. Si vigilan automáticamente el examen o asignan un nivel: las dos cosas están en la lista del anexo III.
  • Las respuestas negativas. Si alguna sale sin que una persona la haya decidido, por ejemplo un correo automático por no cumplir un criterio.
  • El contrato con el proveedor. Qué hace el sistema, qué registros guarda, dónde y durante cuánto tiempo.
  • La página de admisiones. Si dice quién decide, qué hace la IA y cómo pedir que una persona revise un caso.

Por dónde empezar.

  1. Esta semana

    Hacer el inventario

    Una lista de cada herramienta que toca una solicitud, con lo que hace en una frase.

  2. Este mes

    Preguntar por escrito

    A cada proveedor: si su sistema puntúa, clasifica o vigila exámenes, y con qué datos.

  3. Este trimestre

    Decirlo en la web

    Una frase clara en la página de admisiones sobre quién decide y cómo pedir una revisión, en cada idioma.

  4. Antes de diciembre de 2027

    Documentar la supervisión

    Quién revisa, con qué formación y qué queda registrado, si alguna herramienta resulta ser de alto riesgo.

Póngase en el lugar de una familia que recibe un no. Educado, rápido, sin explicación. Ahora hágase una pregunta que quizá nadie en su colegio se ha hecho todavía: ¿en qué momento de ese proceso intervino una máquina, y quién podría contárselo a esa familia si lo pidiera?

Si la respuesta es «en ninguno», compruébelo con su proveedor. Si es «no lo sé», esta es la nota que debería leer su equipo de admisiones esta semana.

Si quiere que revise qué hace la IA en su proceso de admisiones y cómo lo cuenta su web, empiece por el Diagnóstico Estratégico. Si una herramienta es de alto riesgo lo decide su asesoría jurídica, no un diseñador.